Artículo 10.
Tratandose de obra pública, adquisiciones, arrendamientos y demás actos contemplados en la Ley con contratación directa, que ejecute cualquier órgano público y contenida en los presupuestos de agresos, la información deberá precesar:
I. El monto, que incluira conceptos desglosados;
II. La motivacion y fundamentacion del acto;
III. El lugar;
IV. El plazo de ejecución;
V. La identificacion del órgao público ordenador o responsable de la obra; y
VI. Mecanismos de vigilancia y/o supervisión de la sociedad civil.
I. El monto, que incluira conceptos desglosados;
II. La motivacion y fundamentacion del acto;
III. El lugar;
IV. El plazo de ejecución;
V. La identificacion del órgao público ordenador o responsable de la obra; y
VI. Mecanismos de vigilancia y/o supervisión de la sociedad civil.
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